La Cámara de Diputados aprobó en su segunda sesión extraordinaria la Ley Impositiva. La Comisión de Hacienda y Finanzas introdujo modificaciones en su articulado a la ley remitida por el Ejecutivo. Ésta fue girada al Senado para su sanción definitiva.
El diputado Ricardo Aredes, presidente de la Comisión de Hacienda, explicó que la nueva Impositiva prevé reducciones de alícuotas que rigen en los impuestos provinciales por los topes que se estableció oportunamente en el Pacto Fiscal.
El ex ministro explicó que el Pacto Fiscal determina «una escala de reducción en diferentes actividades que la Provincia se encuentra obligada a cumplir”, indicó.
Además, agregó que “se cambia el sistema de incentivos con respecto al ejercicio anterior. Se establece un descuento por pago total hasta la primera cuota del 20 por ciento a los contribuyentes que no registran deuda en ninguna obligación tributaria; en un pago del 18 por ciento, y en cuotas en tanto se prevé una reducción del 15 por ciento ya establecido el año anterior”.
“Lo que se agrega y es novedoso es un descuento adicional del 3 por ciento para aquellos contribuyentes que generen sus comprobantes desde la página web”, manifestó.
Respecto al Impuesto Inmobiliario y tras las consultas realizadas a las administraciones de Rentas y de Catastro, se cambió el procedimiento de valuación en el caso de los terrenos, explicó. En el caso del Impuesto Automotor se limita la exención para personas con discapacidad a un solo vehículo.
Sostuvo que, en todos los casos, los aumentos no superan el 40 por ciento, teniendo en cuenta los incrementos calculados para los haberes de la administración pública.
Sobre los impuestos sobre Ingresos Brutos, señaló que no hubo incrementos, salvo en algunos casos, persiguiendo también “criterios de equidad”.
Las alícuotas relacionadas con la actividad de industria, las de construcción y hoteles se han mantenido o reducido en función también del Pacto Fiscal.
Sobre las disposiciones transitorias, Aredes se refirió al artículo 50 y dijo que se propone una modificación que tiene que ser con el agregado de la eximición que se estipula a las empresas del Estado y que es obligatorio el cumplimento de obligaciones formales de declaraciones juradas, sujeto a sanciones del Código Tributario ante incumplimientos.
“El proyecto enviado por el Poder Ejecutivo mantiene la escala establecida del año pasado mediante la Ley N° 5533, modificando las mínimas que pasan de 300 a 420 pesos en Inmuebles urbanos y suburbanos y de 360 a 500 pesos en terrenos baldíos de 180 a 250 pesos en inmuebles rurales y subrurales. Lo que sí se vio aumentado en esta oportunidad es la base imponible que se determina con la valuación fiscal que hace la Administración de Catastro», agregó la diputada Verónica Rodríguez.